Noticia

15-04-2013  AYUDAS A LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN VALENCIANO 2013

El ayuntamiento de Torrent abre plazo para la Ayuda a la actividad comercial en valenciano.

Desde hoy día 15 de abril hasta el 4 de noviembre de 2013 , podrán solicitarla todas las empresas, comercios, servicios, industrias y profesionales del término municipal de Torrent, siempre que estén al corriente en las obligaciones fiscales, de seguridad social y con este Ayuntamiento.
La solicitud deberá ir acompañada del presupuesto de la actividad para la que pide la ayuda.
 

 Importe de las ayudas
Se concederán ayudas del 50% del coste de los elementos (rotulación y/o página web) en valenciano a cada empresa, comercio, servicio, industria o profesional, siempre que no supero la cantidad de 300 euros. Se podrá conceder una ayuda por beneficiario y año, para cada concepto o elemento subvencionable. Si se dan por más de un concepto, la cantidad máxima por concepto será de 200 €. Serán logradas siguiendo la orden de solicitud y hasta agotar la cantidad consignada en la partida presupuestaria correspondiente (4.000 €)
 

Las ayudas comprenderán los siguientes elementos:
- Rotulación: rótulos exteriores, interiores o de vehículos con elementos fijos.
- Páginas web: páginas de nueva creación en valenciano o mejora de webs en valenciano. Tendrán prioridad las webs que tengan el valenciano como lengua preferente.

Las leyendas de los rótulos deben ser únicamente en valenciano. Las leyendas de ortografía idéntica en valenciano y en castellano no tendrán ningún subvención. Tampoco se admitirán leyendas en que la diferencia con el castellano sea mínima ni que se limitan al nombre comercial y a la dirección.

Las personas interesadas se deben someter al criterio de la Oficina de Promoción y Uso del Valenciano en cuanto a corrección y posible ambivalencia de las leyendas, así como sobre todas aquellas cuestiones relativas a las leyendas.

En el caso de páginas web, la Oficina de Promoción y Uso del Valenciano y el Departamento de Informática actúan como equipo valorador para decidir discrecionalmente sobre la calidad técnica y lingüística. En este sentido, se puede denegar la ayuda si se considera que las webs no tienen la calidad técnica o lingüística suficiente.

No podrán pedir las ayudas, aquellas empresas, comercios, servicios, industrias y profesionales que hayan obtenido esta ayuda municipal por el mismo concepto y en el caso de la rotulación, para la misma ubicación, los cuatro últimos años.
 

 Justificación

Los beneficiarios deberán haber justificado la realización de la actividad antes de cobrar la ayuda.

Para lo cual, deben aportar hasta el 4 de noviembre:
1- Fotocopia del DNI del titular o CIF de la empresa solicitante
2- Fotocopia compulsada de la factura correspondiente al año 2013
3- Certificados de estar al corriente de las obligaciones fiscales, de seguridad social y con este Ayuntamiento.
4- Una fotografía del rótulo (para la rotulación) y en el caso de las páginas web, el proyecto de creación o mejora.

Asimismo, deberán comunicar en este Ayuntamiento la recepción de otros ayudas que, por el mismo concepto, puedan recibir otros administraciones públicas para que no supero el coste de la actividad.

 

 

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