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31-07-2013  AYUDAS ACCESO AL MERCADO DE TRABAJO GRUPOS DE DIFICIL INSERCION LABORAL

ORDEN 31/2013, DE 23 DE JULIO, DE LA CONSELLERÍA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, TURISMO Y EMPLEO, POR LA QUE SE CONVOCA UN PROGRAMA DE AYUDAS DESTINADO A FAVORECER EL ACCESO AL MERCADO DE TRABAJO A COLECTIVOS DE DIFICIL INSERCIÓN LABORAL, PARA EL EJERCICIO 2013

 Objeto y ámbito. Esta orden tiene como objeto establecer un programa de ayudas para favorecer el acceso al mercado laboral de las personas desempleadas de la CV con difícil inserción laboral. Las contrataciones se harán a partir de 2013.

Beneficiarios. Empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica , personas físicas y entidades privadas sin ánimo de lucro.

Destinatarios finales. Personas desempleadas que pertenezcan a uno de estos colectivos: • Mujeres o personas mayores de 45 años que hayan estado apuntadas en el SERVEF al menos 3 meses antes de su contratación.

Cuantía de las ayudas.

a) Contratos de al menos 5 horas semanales:375 euros

b) Contratos de al menos 10 horas semanales:750 euros

c) Contratos de al menos 15 horas semanales:1125 euros Exclusiones e incompatibilidades.

Quedan excluidos del programa:

-Trabajadores que hayan tenido contrato indefinido en la misma empresa o grupo de empresas. -Contrataciones por empresas de trabajo temporal

-Contrataciones realizadas por empresas que han sido excluidas por el programa y empresas sancionadas por un tiempo de dos años anteriores a la presentación de la solicitud.

-Contrataciones por empresas que hayan realizado despidos colectivos o extinciones de contrato 12 meses atrás de la presentación de la solicitud.

-Contrataciones en la que el contratado es familiar o existe afinidad. Las ayudas establecidas son incompatibles con cualquier otra subvención.

Las ayudas reguladas en esta convocatoria se someten al régimen de minimis, no se conceden ayudas a: a) Pesca y agricultura b) Producción primaria productos agrícolas c) Actividades exportación d) Sector del carbón e) Empresas en crisis Las ayudas no pueden superar los 200000 euros, si la empresa opera en el sector de transporte por carretera, el importe se reduce a 100000 euros.

Obligaciones de los beneficiarios. Las obligaciones son:

a. Formalizar por escrito los contratos de trabajo

b. Mantener en la empresa al trabajador durante un período mínimo de tres meses

c. Comunicar las bajas con un plazo de 15 días de antelación.

d. Facilitar la información requerida por el SERVEF.

e. Comunicar al SERVEF la solicitud de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad

f. Disponer de los libros contables, los registros y demás documentos debidamente auditados Régimen de sustituciones. 1. Si el trabajador causa baja podrá ser sustituido en el plazo de un mes por otro trabajador que reúna los requisitos para continuar con el contrato ya definido. 2. El plazo establecido para la sustitución no computará a los efectos de la obligación de mantenimiento. 3. Si la baja del trabajador se produjera antes de la resolución de la concesión, decaerá el derecho a la solicitud presentada.

Solicitud y documentación general.

 Dirigidas al SERVEF, las solicitudes se presentarán en impreso normalizado.

 Documentación identificativa del solicitante o del representante legal.

 Declaración responsable de no estar incluido en las prohibiciones para poder ser beneficiario

  Dos ejemplares de los datos de domiciliación bancaria, según modelo normalizado.

 Contrato de trabajo que da lugar a la ayuda y su comunicación al SERVEF

 Alta del trabajador contratado en la SS

 Declaración responsable del cumplimento de la normativa sobre integración laboral.

 Declaración responsable en modelo normalizado relativa a las ayudas de minimis.

Plazo de presentación de solicitudes. Se deberán presentar en un plazo de dos meses desde la contratación, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 30 de septiembre de 2013 .

Las ayudas se otorgarán hasta agotar el crédito disponible según el orden en que la solicitud haya tenido entrada en cualquiera de los registros.

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